Tengo curiosidad, si alguien se encontrara en una situación en la que enfrentara la deportación, ¿aún estaría obligado a pagar su boleto de avión de regreso a su país de origen?
Parece una circunstancia bastante inusual, por lo que me pregunto si existe una política estándar o si varía de un país a otro.
Y, si hay una tarifa involucrada, ¿quién normalmente paga la factura?
¿Es el individuo que está siendo deportado, el gobierno del país del que lo están deportando o quizás una combinación de ambos?
Agradecería cualquier idea que pueda tener sobre este asunto.
6 respuestas
TaekwondoPower
Thu Sep 12 2024
Específicamente, el individuo no tiene que soportar la carga de comprar un pasaje aéreo internacional como parte de su proceso de deportación.
Los arreglos de viaje necesarios, incluidos los vuelos, generalmente los organizan y financian las autoridades que manejan la deportación.
LucyStone
Thu Sep 12 2024
La responsabilidad de cubrir los gastos de deportación recae principalmente en el estado o la autoridad gobernante, no en el individuo que está siendo deportado.
En consecuencia, una persona sometida a un proceso de deportación no está obligada económicamente a contribuir a los costes asociados.
Carlo
Wed Sep 11 2024
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Ilaria
Wed Sep 11 2024
Dada esta exención financiera, uno podría preguntarse si las personas que enfrentan la deportación tienen alguna vía para permanecer en el país más allá del plazo inicialmente asignado.
Daniele
Wed Sep 11 2024
La posibilidad de solicitar una extensión de estadía, aunque no está garantizada, puede ser explorada por quienes han recibido órdenes de deportación.
Sin embargo, el éxito de dicha solicitud depende en gran medida de las circunstancias individuales y de la discreción de las autoridades pertinentes.